Normativa de Cría

Cómo estamos relanzando el Club de Raza, como punto de partída iniciaremos nuestra andadura con la Normativa de Cría aprobada en 2014.

APTO DE CRÍA (2014)

Este club, a través de sus socios reunidos en Asamblea General, el pasado 23/03/2014, han acordado modificar la normativa sobre la reproducción de ejemplares, con el fin de poder regular los cruzamientos y cría en España.

Con unanimidad de todos los socios, se aprueba que solamente podrán cruzarse ejemplares que morfológicamente respecto al estándar de la raza sean de categoría excelente, y que además sean perros sanos y que de su cruzamiento se obtengan perros sanos. Esto es lo que desde el 2012 este club reconoce con APTO DE CRIA, donde a partir de la fecha se reconocerá a aquellos ejemplares que lo soliciten y que cumplan con los criterios establecidos, es decir, el ejemplar ha de obtener al menos, una puntuación de Excelente bien sea en una de las dos exposiciones donde la RSCE ponga en juego el punto obligatorio para el campeonato de España, o bien, en alguna de las monográficas que organice el club. Además, habrá que aportar certificado de displasia A o B y certificado oficial de mielopatía degenerativa siendo N/N o N/n y certificado de enanismo siendo N/N o N/dw.

Solo serán válidos los cruzamientos entre dos ejemplares APTOS DE CRIA, y que además produzcan el 100% de perros sanos, siendo éstos libres o portadores.

Si excepcionalmente hubiera algún ejemplar que dada su calidad no reuniera los requisitos en cuestión de mielopatía y/o enanismo, el criador tendría que solicitar al club su cruzamiento, siendo éste sometido a estudio por parte de una comisión de cría que estudiaría el caso.

Para los ejemplares con displasia C solo será admitido su cruce con un ejemplar A